El artículo 19 del Real Decreto 1112/2018 establece que cada Unidad Responsable de Accesibilidad (URA) preparará tres informes anuales sobre su ámbito de actuación concreto que tendrá disponibles antes del 1 de octubre de cada año a partir del año 2020. ¿Cómo son estos informes, y en qué casos hay que realizarlos?

¿Quién debe realizar estos informes de accesibilidad?

Los sitios web y aplicaciones de administraciones públicas, entidades con financiación pública, y empresas de especial trascendencia económica, deben cumplir el nivel nivel AA de accesibilidad, según las WCAG 2.1.

Deben ser realizados por cada Unidad Responsable de Accesibilidad (URA).

Según el artículo 19 del RD 1122/2018, dicho informe incluirá las medidas puestas en práctica para atender las cuestiones planteadas en el artículo 16.3.a) junto a un estudio de las comunicaciones, consultas, sugerencias, solicitudes de información accesible y quejas formuladas a través del mismo. También incluirá un estudio de las reclamaciones atendidas y revisiones realizadas según el artículo 16.3.b) y c).

¿Qué son «empresas de especial trascendencia económica?

Con empresas de especial trascendencia económica, se refieren a empresas con más de cien trabajadores, o que su volumen anual de operaciones, calculado conforme a lo establecido en la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido, exceda de 6.010.121,04 euros. Además, deben operar alguno de estos sectores:

  • Servicios de comunicaciones electrónicas a consumidores
  • Servicios financieros destinados a consumidores
  • Servicios de suministro de agua a consumidores
  • Servicios de suministro de gas al por menor
  • Servicios de suministro eléctrico a consumidores finales
  • Servicios de agencia de viajes
  • Servicios de transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, por vía marítima, o por vía aérea
  • Actividades de comercio al por menor

¿Qué información hay que presentar?

  • Informe sobre la atención de quejas y reclamaciones. Dicho informe incluirá las medidas puestas en práctica para atender las cuestiones planteadas en el artículo 16.3.a) junto a un estudio de las comunicaciones, consultas, sugerencias, solicitudes de información accesible y quejas formuladas a través del mismo. También incluirá un estudio de las reclamaciones atendidas y revisiones realizadas según el artículo 16.3.b) y c).
  • Informe de seguimiento sobre el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad. Dicho informe incluirá las medidas puestas en marcha para coordinar las revisiones periódicas de accesibilidad establecidas en el artículo 17 y los resultados derivados de ellas. Asimismo, se incluirán todos los Informes de revisión de la accesibilidad derivados de dichas revisiones.
  • Informe de seguimiento sobre la promoción, concienciación y formación. Dicho informe incluirá las medidas puestas en marcha para coordinar y fomentar las actividades de promoción, concienciación y formación establecidas en el artículo 8 y los resultados derivados de estas.
  • Definición del ámbito, las metodologías empleadas, y las medidas adoptadas.

Estos nuevos informes, ahora que se ha activado la norma, se deberán entregar este año 2020 antes del 1 de octubre. Dado que es el primer año, se deberán enviar todos los informes generados desde la entrada en vigor, es decir desde el 20 de septiembre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2020, que en realidad implica todos los informes puesto que todos ellos deben haberse realizado antes del 20 de septiembre del 2020. A partir del año 2021 en adelante, se deberán enviar los informes generados o actualizados en el último año, es decir desde el 1 de octubre del año anterior hasta el 30 de septiembre del año en curso.

Más información en este artículo de administracionelectronica.gob.es

Estos informes deberán estar disponibles (aún no se ha especificado cómo) al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital – MAETD (competencias transferidas del Ministerio de Política Territorial y Función Pública).

Al no haberse especificado cómo deben estar disponibles, por ahora se presentan en la sección de Accesibilidad de este sitio web.

Aquí puede descargarse la Guía de Validación con todo el detalle sobre cómo hacer un informe de accesibilidad para un sitio web (78 pags, PDF) y los modelos de informes desde la web de PAE.